Los campesinos son un grupo
social específico tan vulnerable que la protección de sus derechos requiere de
medidas especiales para
asegurar que los Estados respeten, protejan y cumplan sus derechos humanos.
La Declaración de los Derechos de los Campesinos
El pasado 24 de febrero de 2013 el Comité Consultivo de los
Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprobó por unanimidad el texto
preliminar de la Declaración Internacional de los Derechos de los campesinos,
que busca ser un nuevo
instrumento jurídico para la protección y desarrollo de los
campesinos, sus comunidades y quienes viven y trabajan en el mundo rural.
El documento, construido con las bases campesinas de
organizaciones de muchos países del mundo, pasa ahora a manos del Consejo de Derechos
Humanos – organismo formado por 54 representantes de países- y luego se inicia
un trámite que culmina en la Asamblea General de Naciones Unidas,
que vota y aprueba las Declaraciones e instrumentos jurídicos de
esta naturaleza.
El
siguiente es el texto de dicha Declaración:
• Afirmando que los campesinos son iguales a las demás personas y,
en el
ejercicio de sus derechos, deben estar libres de toda forma de
discriminación,
incluyendo la discriminación por motivos de raza, color de piel,
sexo, idioma,
religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o
social,
propiedad, riqueza, nacimiento u otras razones relacionadas con la
condición
social;
• Reconociendo que la Declaración Universal de los Derechos
Humanos, el
Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y
Culturales y el
Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, así como
la Declaración
y el Programa de Acción de Viena, confirman la universalidad,
indivisibilidad
e interdependencia de todos los derechos humanos, civiles,
culturales,
económicos, políticos y sociales;
• Destacando que en el Pacto Internacional sobre Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, los Estados se comprometieron a tomar
medidas apropiadas para asegurar el cumplimiento del derecho de toda la
población, a condiciones de vida adecuadas, incluyendo el derecho a la
alimentación, y el derecho fundamental a estar libre del hambre, especialmente mediante
el desarrollo y la reforma de los sistemas agrarios;
• Subrayando que de acuerdo con la Declaración de las Naciones
Unidas sobre
los Derechos de los Pueblos Indígenas, todos los pueblos
indígenas, incluyendo los campesinos indígenas, tienen el derecho a la libre
determinación y que, en virtud de este derecho, pueden determinar libremente su estatus político y buscar libremente su desarrollo económico,
social y cultural, teniendo el derecho a la autonomía y al auto gobierno en materias
relacionadas con sus asuntos internos y locales, así como las vías y los medios
para financiar sus funciones autónomas;
• Recordando que muchos campesinos de todo el mundo han luchado a
través de la historia por el reconocimiento de sus derechos y por sociedades
justas y libres;
• Considerando que el actual desarrollode la agricultura, la
especulación con productos alimenticios, y las adquisiciones y el arrendamiento y
acaparamiento de tierras en gran escala en muchas regiones del mundo ponen en
peligro la vida de millones de campesinos;
• Teniendo en cuenta la creciente concentración de los sistemas alimentarios
del mundo en manos de unas pocas compañías transnacionales;
• Reconociendo que la agricultura, la pesca y la cría de ganado de
pequeña escala pueden contribuir a asegurar una producción alimentaria
sostenible y de calidad para todos;
• Considerando que los campesinos constituyen un grupo social
específico tan vulnerable que la protección de sus derechos requiere de
medidas especiales para asegurar que los Estados respeten, protejan y cumplan sus derechos humanos;
• Creyendo que la presente Declaración es un paso esencial hacia
el reconocimiento, la promoción y la protección de los derechos de los
campesinos;
• Reconociendo y reafirmando que los campesinos tienen derecho,
sin discriminación, a todos los derechos humanos reconocidos por el derecho
internacional;
Adopta solemnemente la presente Declaración de los Derechos de los
Campesinos:
Artículo 1 Definición de campesinos
1. Campesino es un hombre o mujer que tiene una relación directa y
especial con la tierra y la naturaleza a través de la producción de alimentos u
otros productos agrícolas. Los campesinos trabajan la tierra por sí mismos y
dependen mayormente del trabajo en familia y otras formas de pequeña
escala de organización del trabajo. Los campesinos están
tradicionalmente integrados a sus comunidades locales y cuidan el entorno
natural local y los sistemas agroecológicos.
2. El término “campesino” puede aplicarse, hombre o mujer, a toda
persona que practica la agricultura, la ganadería o la trashumancia, que
produce artesanías relacionadas con la agricultura o que desarrolla otras ocupaciones
similares en zonas rurales.
Esto incluye a las personas indígenas que trabajan en la tierra.
3. El término “campesino” también se aplica a las personas sin
tierra. De acuerdo con la definición de la Organización para la Alimentación y
la Agricultura de la ONU, las siguientes categorías de personas se consideran
sin tierra y es probable que se enfrenten a dificultades para
asegurar sus medios de vida: 1. familias de agricultores con poca tierra o sin
tierra; 2.familias no agrícolas en áreas rurales, con poca o sin tierra, cuyos miembros
se dedican a diversas actividades como la pesca, la artesanía para el mercado
local o la provisión de servicios; 3. Otras familias de
trashumantes, nómadas, campesinos que practican cultivos itinerantes, cazadores
y recolectores, y personas con medios de subsistencia similares.
Artículo 2 Derechos de los campesinos
1. Todos los campesinos, sean hombres o mujeres, tienen los mismos
derechos.
2. Los campesinos tienen derecho a disfrutar plenamente, en forma
individual y
colectiva, de todos los derechos humanos y libertades
fundamentales reconocidos en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal
de los Derechos Humanos y demás instrumentos del derecho internacional
de derechos humanos.
3. Los campesinos son libres e iguales a todas las demás personas
y tienen derecho a estar libres de cualquier tipo de discriminación en el
ejercicio de sus derechos, en particular, de la discriminación por motivos de su
condición
económica, social, sexual y cultural.
4. Los campesinos tienen derecho a participar en el diseño de
políticas, en la toma de decisiones, la implementación y el monitoreo de todo
proyecto, programa o política que afecte sus tierras y territorios.
5. Los campesinos tienen derecho a la soberanía alimentaria, la
cual incluye el derecho a una alimentación saludable y apropiada culturalmente,
producida con métodos adecuados y sostenibles desde el punto de vista
ecológico, y el derecho a defi nir su propia alimentación y sistemas agrícolas.
Artículo 3 Derecho a la vida y a un nivel de vida adecuado
1. Los campesinos tienen derecho a la integridad física, y a no
ser asediados, desalojados, perseguidos, arrestados arbitrariamente o
asesinados por defender sus derechos.
2. Los campesinos tienen derecho a vivir dignamente.
3. Los campesinos tienen derecho a un nivel de vida adecuado, lo
que incluye el derecho a percibir ingresos suficientes para satisfacer sus
necesidades básicas y las de sus familias.
4. Los campesinos tienen derecho a una alimentación adecuada,
saludable, nutritiva y accesible, y a mantener sus culturas tradicionales alimentarias.
5. Los campesinos tienen derecho a consumir su propia producción
agrícola y a
aprovecharla para satisfacer las necesidades básicas de sus
familias, y a distribuir su producción agrícola entre otras personas.
6. Los campesinos tienen derecho a acceder al agua potable,
servicios sanitarios, medios de transporte, electricidad, medios de
comunicación y tiempo libre.
7. Los campesinos tienen derecho a una vivienda digna y a vestirse
adecuadamente.
8. Los campesinos tienen derecho a la educación y la formación.
9. Los campesinos tienen derecho al nivel más alto alcanzable de
salud física y mental. Tienen derecho a acceder a servicios de salud y
medicina, incluso cuando vivan en zonas remotas. Asimismo, tienen derecho a
usar y desarrollar la medicina tradicional.
10. Los campesinos tienen derecho a una vida saludable y libre de
la contaminación con productos agroquímicos, como los pesticidas y
fertilizantes químicos.
11. Las campesinas tienen derecho a estar protegidas contra la
violencia doméstica, ya sea de índole física, sexual, verbal o psicológica.
12. Las campesinas tienen derecho a controlar su propio cuerpo y a
rechazar su uso con fines comerciales.
13. Los campesinos, hombres y mujeres, tienen derecho a decidir
cuántos hijos desean tener y sobre el método anticonceptivo que desean usar.
14. Las campesinas, tienen derecho a la plena realización de sus
derechos sexuales y reproductivos.
Artículo 4 Derecho a la tierra y al territorio
1. Los campesinos tienen derecho a poseer tierras, colectiva o
individualmente, para su vivienda y para sus cultivos.
2. Los campesinos y sus familias tienen derecho a labrar su propia
tierra, obtener productos agrícolas, criar ganado, cazar, recolectar y pescar
en sus territorios.
3. Los campesinos tienen derecho a trabajar y disponer de las
tierras no productivas de las que dependen para su subsistencia.
4. Los campesinos tienen derecho a gestionar, conservar y
aprovechar los bosques y áreas de pesca.
5. Los campesinos tienen derecho a la seguridad de la tenencia y a
no ser desalojados forzosamente de sus tierras o territorios. Ninguna
relocalización puede tener lugar sin el consentimiento libre, previo e
informado de los campesinos afectados y el posterior acuerdo de una
compensación justa
y transparente, y, donde sea posible, con la opción de retornar.
6. Los campesinos tienen derecho a beneficiarse con la reforma
agraria. No se deben permitir los latifundios. La tierra debe cumplir con su
función social. Se deben aplicar límites en la propiedad de la tierra cuando éstos
sean necesarios con el fin de asegurar un acceso equitativo a las tierras.
Artículo 5 Derecho a las semillas, y al saber y la práctica de la
agricultura tradicional
1. Los campesinos tienen derecho a determinar las variedades de
semillas que desean sembrar.
2. Los campesinos tienen derecho a rechazar variedades de plantas
que consideren peligrosas desde el punto de vista económico, ecológico y
cultural.
3. Los campesinos tienen derecho a rechazar el modelo industrial
de agricultura.
4. Los campesinos tienen derecho a conservar y desarrollar su
conocimiento local sobre la agricultura, la pesca y la cría de ganado.
5. Los campesinos tienen derecho a utilizar instalaciones
agrícolas, de pesca y de cría de ganado.
6. Los campesinos tienen derecho a elegir sus propios productos y
variedades, así como los modos de practicar la agricultura, la pesca y la
crianza de ganado, en forma individual o colectiva.
7. Los campesinos tienen derecho a utilizar sus propias
tecnologías o la tecnología que escojan guiados por la necesidad de proteger la
salud humana y la conservación del medioambiente.
8. Los campesinos tienen derecho a cultivar y desarrollar sus
propias variedades, y a intercambiar, dar o vender sus semillas.
Artículo 6 Derecho a medios de producción agrícola
1. Los campesinos tienen derecho a obtener créditos y el material
y herramientas necesarios para desarrollar sus actividades agrícolas.
2. Los campesinos tienen derecho a obtener asistencia técnica,
herramientas productivas y otras tecnologías apropiadas para aumentar su
productividad de maneras que respeten sus valores sociales, culturales y
éticos.
3. Los campesinos tienen derecho a agua para la irrigación y la
producción agrícola en sistemas sostenibles de producción controlados por las
comunidades locales. Tienen derecho a usar los recursos hídricos de sus tierras
y territorios.
4. Los campesinos tienen derecho a medios de transporte e
instalaciones de secado y almacenamiento necesarias para comercializar sus
productos en mercados locales.
5. Los campesinos tienen derecho a participar del planeamiento, la
formulación y la adopción de los presupuestos para la agricultura local y
nacional.
Artículo 7 Derecho a la información
1. Los campesinos tienen derecho a obtener información adecuada
relacionada con sus propias necesidades, incluyendo créditos, capital, mercados,
políticas, precios y tecnologías.
2. Los campesinos tienen derecho a obtener información adecuada
sobre bienes y servicios, y a decidir qué y cómo desean producir y consumir
3. Los campesinos tienen derecho a obtener información adecuada en
el ámbito nacional e internacional sobre la preservación de los recursos
genéticos.
Artículo 8 Libertad para determinar precios y mercados para la
producción agrícola
1. Los campesinos tienen derecho a darle prioridad a la producción
agrícola destinada a satisfacer las necesidades de sus familias. Tienen derecho
a almacenar su producción para asegurar la satisfacción de sus
necesidades básicas y de sus familias.
2. Los campesinos tienen derecho a vender sus productos en
mercados locales tradicionales.
3. Los campesinos tienen derecho a fijar los precios, de manera
individual o colectiva.
4. Los campesinos tienen derecho a obtener un precio justo por su
producción.
5. Los campesinos tienen derecho a una retribución justa por su
trabajo, para satisfacer sus necesidades básicas y las de sus familias.
6. Los campesinos tienen derecho a un sistema justo e imparcial de
evaluación de la calidad de su producto, nacional e internacionalmente.
7. Los campesinos tienen derecho a desarrollar a fin de garantizar
la soberanía
alimentaria
El actual desarrollo de la agricultura,
la especulación
con productos alimenticios y
las adquisiciones y el
arrendamiento y acaparamiento
de tierras en gran escala
ponen en peligro la vida de
millones de campesinos.
.
Artículo
9 Derecho a la protección de valores en la agricultura
1. Los campesinos tienen derecho al reconocimiento y la protección
de su cultura y de los valores de la agricultura local.
2. Los campesinos tienen derecho a desarrollar y preservar el
conocimiento agrícola local.
3. Los campesinos tienen derecho a rechazar intervenciones que
puedan destruir los valores de la agricultura local.
4. Los campesinos tienen derecho a expresar su espiritualidad en
forma individual y colectiva.
Artículo
10 Derecho a la diversidad biológica
1. Los campesinos tienen derecho a proteger, preservar y
desarrollar la diversidad
2. Los campesinos tienen derecho a rechazar patentes que amenacen
la diversidad biológica, incluyendo las de plantas, alimentos y medicamentos.
3. Los campesinos tienen derecho a rechazar los derechos de propiedad
intelectual sobre bienes, servicios, recursos y conocimientos que les
pertenecen, mantenidos, descubiertos, desarrollados o producidos
4. Los campesinos tienen derecho a rechazar mecanismos de certificación
establecidos por empresas transnacionales. Se deben promover y proteger
instrumentos de garantía locales dirigidos por organizaciones campesinas
con el apoyo de los gobiernos.
Artículo
11 Derecho a la preservación del medio ambiente
1. Los campesinos tienen derecho a un medio ambiente limpio y saludable.
2. Los campesinos tienen derecho a preservar el medio ambiente de
acuerdo con sus conocimientos.
3. Los campesinos tienen derecho a rechazar todas las formas de
explotación que causen daños ambientales.
4. Los campesinos tienen derecho a litigar y reclamar compensaciones
por daños ambientales.
5. Los campesinos tienen derecho a obtener reparaciones por la
deuda ecológica, y por el despojo histórico y actual de sus tierras y
territorios.
Artículo
12 Libertad de asociación, opinión y expresión
1. Los campesinos tienen derecho a asociarse libremente y a
expresar su opinión de acuerdo con sus tradiciones y culturas, incluyendo
reclamos, peticiones y movilizaciones, en el ámbito local, regional, nacional e
internacional.
2. Los campesinos tienen derecho a crear y formar parte de
organizaciones independientes de campesinos, sindicatos, cooperativas o
cualquier otra organización o asociación con el objeto de proteger sus
intereses.
3. Los campesinos, en forma individual o colectiva, tienen derecho
a expresarse por medio de sus costumbres locales, idiomas, culturas
locales, religiones, literatura y arte local.
4. Los campesinos tienen derecho a no ser criminalizados por sus
reclamos y luchas.
5. Los campesinos tienen derecho a resistir contra la opresión y a
recurrir a la acción pacífica directa para proteger sus derechos.
Artículo
13 Derecho al acceso a la justicia
1. Los campesinos tienen derecho a recursos efectivos en caso de
quesean violados sus derechos. Tienen derecho a un sistema judicial justo, y a
tener acceso efectivo y no discriminatorio a los tribunales y contar con ayuda
legal.
3. Los campesinos tienen derecho a ser informados y tener
asistencia legal.
Los campesinos son un grupo
social específico tan vulnerable que la protección de sus derechos requiere de
medidas especiales para
asegurar que los Estados respeten, protejan y cumplan sus derechos humanos.